El divorcio por falta puede ser solicitado por uno de los cónyuges cuando el otro ha cometido hechos que constituyen una violación llano o repetitiva de las obligaciones del boda y que hacen intolerable el mantenimiento de la vida popular (violencia doméstica, maltrato, infidelidades…). David WINTER 4 abril, 20189:33 https://pa-ses-sin-extradici-n-co37034.bloggosite.com/36185053/todo-acerca-de-abogados-en-perpignan-francia