Estos contribuyentes deberán liquidar el valencia total del impuesto a abonar, en dos (2) cuotas a más tardar en las siguientes fechas: Plazo PRIMERA CUOTA Por su parte, mediante el Existente Decreto-ralea 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de https://acososexualdefinicion01234.worldblogged.com/40377765/se-rumorea-zumbido-en-decreto-0045-de-2023-medellin